El pasado 29 de agosto salió publicado el DOGC en el cual se prohíben las reuniones de más de 10 personas, entrando en vigor el mismo día de la publicación.

Os explicamos las características de esta prohibición:

  • Tanto en espacio privado como público. Estas reuniones sociales o familiares de más de 10 personas no se pueden llevar a cabo ni en la calle, ni en casa, ni en ningún espacio, sea privado o público, tampoco a las terrazas de bares o restaurantes.
  • Esta prohibición NO se aplica en:
    • Actividades laborales
    • Actividades religiosas o de culto
    • Celebraciones o casamientos
    • Ceremonias fúnebres
    • Transporte público
    • Actividades culturales (artes escénicas, cines, museos, bibliotecas, …)
    • Zonas recreativas, lúdicas o con equipación deportiva (parques de atracciones, parques infantiles, piscinas descubiertas, gimnasios, etc.)
    • Manifestaciones autorizadas

Esta medida tiene una duración de 15 días desde su publicación.